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IVAM

El Consell aprueba el anteproyecto de Ley del IVAM

El Consell aprueba el anteproyecto de Ley del museo, que consagra la autonomía artística del IVAM y apuesta por la transparencia y la democratización de su funcionamiento
REDACCIÓN 2017-01-20

El Consell ha aprobado el anteproyecto de Ley del Instituto Valenciano de Arte Moderno con el objetivo de actualizar la norma de creación del museo, aprobada en 1986, y adaptarla a la actualidad.

 

La actual normativa de las entidades de derecho público hacía necesaria una actualización de la norma que rige el museo de arte moderno valenciano. Las principales novedades son una apuesta decidida por la transparencia en la gestión, aumentar el arraigo en el entorno social y territorial y la democratización de su funcionamiento con la reforma de las funciones del Consejo Rector y el Consejo Asesor.

 

La intención principal es potenciar al IVAM como uno de los principales referentes en arte moderno y contemporáneo del entorno mediterráneo, en definitiva, hacer un museo aún mejor.

 

Para conseguirlo se ha hecho especial incidencia en dos aspectos: agilidad administrativa y simplificación de trámites, por una parte, y máxima fiscalización y transparencia, por otra, como corresponde a una entidad de derecho público dependiente de la Generalitat siguiendo el Código de Buenas Prácticas en la Cultura Valenciana.

 

El texto fija la estructura organizativa de la institución y órganos rectores, con el presidente del IVAM, que ostenta su representación; el Consejo Rector, como órgano superior de gobierno del IVAM, con facultades de dirección, control y supervisión de las actuaciones del Instituto; el Consejo Asesor, como órgano con funciones consultivas en cuestiones como la programación del Instituto, la adquisición de obras o la aceptación de donaciones y cesiones al IVAM, y el director gerente, a quien corresponde la dirección y la gestión ordinaria del Instituto, quien tendrá la condición de alto cargo y su nombramiento y cese se efectuará por decreto del Consejo.

 

Se establece la figura de director honorario del IVAM, nombramiento que podrá concederse, por acuerdo de la mayoría del Consejo Rector, a los ex-directores del Instituto. Tendrá un carácter honorífico, sin retribución económica, como reconocimiento de la gestión realizada al frente del museo.

 

En el apartado del régimen presupuestario y control económico-financiero, se ajustará a la regulación establecida para las entidades de derecho público. Se incluyen mecanismos de fiscalización y transparencia. Por ejemplo, quedan bajo el visto bueno del Consejo Rector: la autorización de los convenios y protocolos y también es necesaria la autorización del Consejo Rector de los contratos superiores a 500.000 euros.

 

El presidente del IVAM, que será la persona titular de la Conselleria con competencia en materia de cultura, además de presidir el Consejo Rector, autorizará operaciones económicas como disposición del crédito, autorizaciones de gasto, reconocimiento de obligaciones y ordenación de pagos. Además, el auditor interno del IVAM acudirá a las reuniones del Consejo Rector.

 

Los miembros del Consejo Asesor, con funciones consultivas sobre programación y adquisición de obras de arte, aceptación de donaciones o cesiones, se deberán conformar siguiendo el Código de Buenas Prácticas en la Cultura Valenciana.

 

Se regulan también aspectos básicos en la organización de la entidad, como los recursos económicos, incluyendo tanto los derivados de consignaciones presupuestarias de la Generalitat como de otras vías como ingresos por las actividades de gestión y explotación o los ingresos por patrocinio o mecenazgo; el régimen patrimonial, con la consideración del patrimonio del IVAM como patrimonio de dominio público de la Generalitat; el régimen de contratación, regulado, por su condición de Administración pública, por las normas previstas para estos tipos de entes, y el régimen del personal, determinando que el personal propio tendrá la condición de personal laboral y se regirá, en su relación con el Instituto, por el derecho laboral.

 

Derogación de la Ley de creación del IVAM

 

Esta nueva ley deroga la ley que regía el Instituto, que fechaba del 30 de diciembre de 1986, y dota al museo de herramientas necesarias adaptadas al siglo XXI. Aquella misma ley creó el Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música, que en 1994 se convirtió en CulturArts.

 

En relación con este tema, una disposición adicional de la nueva norma modifica la Ley 6/1993, de Presupuestos de la Generalitat, que creaba CulturArts, para modificar la denominación. Según esto, esta entidad de derecho público pasa a denominarse Instituto Valenciano de Cultura.

 

La segunda disposición adicional obliga a la aprobación de un nuevo reglamento orgánico y funcional del IVAM en el plazo de seis meses.

 

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